martes, 10 de mayo de 2011

Criminología: Concepto.

La Criminología es el conjunto ordenado de saberes empíricos sobre el delito, el delincuente, el comportamiento socia/mente negativo y sobre los controles de esta conducta. Su ámbito científico puede caracterizarse de modo preciso con los tres conceptos básicos de delito, delincuente y control del delito. A ellos hay que agregar también lo que concierne a la víctima y a la prevención del delito.
La palabra «criminología» deriva del latín crimen, se atribuye al antropólogo francés TOPINARD (1879). El jurista italiano GAROFALO utilizó el concepto por primera vez para denominar su libro «Criminología» (1885). El nombre se ha generalizado. Junto a la palabra Criminología nos encontramos también con las de Psicología criminal (desde 1792), Sociología criminal (desde 1882): Biología criminal (desde 1883), es decir, las llamadas Criminologías enlazadas con otras disciplinas. Sin embargo, tomadas en sentido estricto, hacen sólo referencia a ámbitos individualizados de investigación y a diversas perspectivas de la Criminología. Sobre ello apenas existe discusión dentro de la ciencia criminológica, tal como está representada en los ámbitos de especialidades jurídicas.
No existe ni dentro ni fuera de Alemania una determinación conceptual de la Criminología unitariamente vinculante o predominante. Sin embargo, pese a las divergentes acentuaciones, las opiniones sobre qué es lo que se entiende en la actualidad por Criminología no difieren mucho. Hay unanimidad respecto a que la Criminología es una ciencia empírica. Además, en general, se mantiene el criterio de que la ciencia criminológica se ocupa del delito y del delincuente, así como del control del delito en lo que respecta a la ejecución de las sanciones criminales, la prognosis y el tratamiento del delincuente (sobre ello, véanse en particular los § 19 y 20). Finalmente se está de acuerdo en que también materias como el alcoholismo, la asocialidad, las actividades socialmente molestas, la prostitución y el suicidio pertenecen al objeto de la Criminología. A esto no se opone el hecho de considerar en exceso vago e impreciso el concepto colectivo socio lógico criminal de la conducta desviada. El conocimiento criminológico tiene que referirse, por ello, principalmente a hechos observables e intersubjetivos comprobables del campo de su problemática. Las especulaciones, opiniones y juicios de valor no bastan, por más que puedan, sin embargo, por su parte, ser objeto de la investigación empírica. Los resultados, por lo demás, no deben obtenerse accidental, sino sistemáticamente, de ahí que tampoco deban ser ordenados «anecdóticamente». A más de esto, los «pasajeros ensayos críticos» no satisfacen las exigencias científicas.
Hay diversidad de opiniones en lo esencial sobre la función y eficacia de las teorías criminológicas, así como sobre la orientación interdisciplinaria y también sobre la amplitud y denominación de los «aledaños» de la criminalidad. Se discute, además, sobre la significación criminológica de la investigación de la personalidad, la orientación de la praxis y el control del delito, incluidas la selección, policía y criminalística. Últimamente se sustentan di versas maneras de pensar sobre el concepto de empirismo, así como sobre las finalidades, principios de investigación y papel de la Criminología.

Por: Cleotilde Martínez Flores.

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